VISTO: El reclamo
presentado por la Sra. María Cecilia Montelongo en contra de la Administración
Nacional de Obras Sanitarias de Estado (OSE);
RESULTANDO:
I) que la usuaria reclama que por obras realizadas por
OSE se afectó su vereda y que la reparación llevada a cabo por el organismo no
la dejó en iguales condiciones;
II) que en definitiva la usuaria procedió a reparar la vereda
reclamando el costo de la reparación a OSE;
III) que en consulta previa OSE adjuntó comunicaciones con
la Intendencia de San José en el sentido que la reparación llevada a cabo por
el ente fue correcta;
IV) que desde Fiscalización Agua se entendió que si bien la
reparación realizada por la ose insumió mucho tiempo, fue aprobada por la
intendencia y esta Unidad no tiene competencia en materia de obras
municipales, sugiriendo archivar las
actuaciones;
V) que la reclamante tomó vista del
informe y manifestó su disconformidad sin aportar nuevos elementos que hagan
rever lo informado;
CONSIDERANDO: I) que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el decreto 500/991
al conferir vista de estas actuaciones a las partes interesadas;
II) que corresponde resolver en consecuencia;
ATENTO: a lo expuesto y a
lo dispuesto por la Ley Nº 17.598 del 13 de diciembre de 2002 con las
modificaciones impuestas por la Ley Nº 19.889, de 9 de julio de
2020 y en la Resolución N° 194/020 de 20 de agosto de 2020;
EL DIRECTORIO
del Servicio Descentralizado
RESUELVE:
1)
Desestimar el reclamo
presentado por la Sra. María Cecilia Montelongo.
2)
Notifíquese, publíquese y oportunamente archívese
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